Sobre el acogimiento residencial y las condiciones socioeducativas en las que se debe desarrollar la medida

Autores/as

  • Laura Cruz

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Resumen

La medida de acogimiento residencial forma parte del sistema público de protección a la infancia para el ejercicio provisional de la guarda o la tutela. A pesar de ser el recurso más utilizado, sigue siendo el que más críticas recibe.

El debate que sigue abierto es el siguiente: ¿constituyen los centros de protección una alternativa válida para la infancia en situación de dificultad social? Cuando la verdadera pregunta que nos deberíamos plantear es: ¿qué condiciones deben reunir para desarrollar óptimamente sus objetivos y para garantizar el carácter educativo exigido en la legislación vigente? Ya que la experiencia demuestra que un porcentaje importante de niños, niñas y adolescentes son acogidos año a año en recursos residenciales, y tienen derecho a una atención socioeducativa de calidad.

En el presente artículo pretendemos dar respuesta a estas dos cuestiones a partir del análisis de las diferentes concepciones, sentidos y significados que se conceden a la medida en los textos normativo-legales vigentes, en la literatura especializada y en los grupos de discusión de educadoras y educadores de centros de protección, desarrollados en el marco de la investigación de tesis doctoral Infancia y educación social: prácticas socioeducativas en contextos residenciales de protección en Galicia (Cruz, 2010).

Palabras clave

Acogimiento residencial, infancia, protección, medida socioeducativa

DOI

https://doi.org/10.33115/udg_bib/pts.v1i2.1549

Publicado

2012-02-14

Número

Sección

Articles